Noticia - Secreditos

2009-11-04

 Fuente: 
MODIFICACION CONDICIONES PRESTAMOS Y AUXILIOS 2008

CIRCULAR INFORMATIVA

PARA TODOS NUESTROS ASOCIADOS

ASUNTO MODIFICACION ALGUNAS CONDICIONES DE LOS SERVICIOS

FECHA : OCTUBRE 13 DE 2009



Apreciados Asociados

En el propósito de adecuar algunas condiciones de los servicios reglamentados por Secréditos, buscando una mayor cobertura en nuestra población de asociados, la Junta Directiva aprobó las siguientes modificaciones en la prestación del mismo:

• Fijar en el 9% anual la tasa de interés para los créditos en la modalidad Educativo, liquidado sobre saldos, en procura de buscar la motivación de la población de asociados a tomar la decisión de iniciar su formación profesional, técnica o especializada, en entidades aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, con el financiamiento de Secréditos y la posibilidad de acceder al auxilio ó beca de acuerdo con los promedios de calificaciones obtenidos.

• El monto del la beca o auxilio se establece hasta un monto de tres (3) S.M.M.L.V., de acuerdo con la siguiente escala teniendo en cuenta el valor a pagar:

1- Matriculas con un valor a pagar hasta cinco (5) S.M.M.L.V. el auxilio se traduce en el 30% del valor a pagar.

2- Matriculas con un valor a pagar entre un monto superior a cinco (5) S.M.M.L.V. y ocho (8) S.M.M.L.V. el auxilio se establece en el 25% del valor a pagar.

3- Matriculas con un valor a pagar superior a ocho (8) S.M.M.L.V. el auxilio se establece en el 20% del valor a pagar.

• El promedio de calificaciones en el periodo académico se establece en forma general de 4.0/5.0.

• La antigüedad como asociados requerida para acceder a cada modalidad de auxilio es la siguiente:

1- Auxilio de Exequias por Fondo Mutual seis (6) meses.

2- Auxilio Becas Asociados un (1) año.

3- Auxilio de Educación Especial seis (6) meses.

4- Auxilio Becas Hijos de Asociados seis (6) meses.

• Durante la vigencia del vinculo de asociación al Fondo de Empleados Secréditos el Asociado tendrá derecho a un máximo de dos (2) auxilios de exequias por el fondo mutual.

Apreciados Asociados

• Los auxilios de educación especial se otorgan, siempre cuando el niño reciba su formación en una institución autorizada y especializada en educación especial, el recurso será girado directamente a la institución donde el recibe su formación.

• El Asociado beneficiario del auxilio de educación especial no tendrá derecho al acceso al auxilio de la beca por promedios en la formación profesional, técnico y posgrado.

• El valor del auxilio por el fallecimiento de un asociado, se orientará en primera instancia, a cancelar o abonar las obligaciones en mora en caso de existir, en el momento de la solicitud.

Las anteriores medidas se orientan a maximizar el uso de los recursos, brindando mayores coberturas en el acceso a los servicios y a establecer los términos para el acceso a los auxilios.